El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo contra la conocida como tasa Amazon, que gravará la actividad de los operadores postales en Barcelona, aunque ha desestimado la suspensión cautelar, tal como quería la patronal logística.
Los magistrados del TSJC, que estudiarán en profundidad las alegaciones presentadas, entienden que hay margen temporal suficiente, en tanto que la tasa tiene un plazo para abonarse que expira el 31 de julio de 2024. En su auto, el tribunal no prejuzga ni valora la idoneidad de la norma, sino que apela a la complejidad de los argumentos legales para acometer un análisis a fondo de la nueva tasa del Ajuntament de Barcelona que grava el reparto urbano de pedidos online.
Según UNO, el tributo vulnera el artículo 18.3 de la Constitución, ya que obliga a los operadores postales a reclamar información por parte de la empresa que hace un envío para saber si proviene de una venta por internet, y también a incluir en la liquidación del tributo información sensible como los lugares de entrega o la naturaleza del destinatario, “lo que impide garantizar el secreto de todas las comunicaciones postales a no ser que lo exija una resolución judicial”, detalla su presidente, Francisco Aranda.
Por otro lado, la patronal alega en su recurso que la tasa Amazon debe considerarse como una “doble imposición”, al sumarse el nuevo gravamen al ya existente por el estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública.
A esto se sumaría una hipotética vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación, pues el tributo “se ha diseñado de un modo absolutamente arbitrario y discriminatorio, al excluir al operador público del gravamen en perjuicio de los demás, lo cual supone una injustificada alteración de las reglas de la libre competencia”, explican desde UNO.
“Este tributo resulta completamente injusto, no solo para las empresas de distribución, sino también para los propios usuarios postales que reciben los envíos en sus domicilios“,”, sostiene el presidente de UNO. Y es que, en Barcelona, quienes opten por puntos de conveniencia o por Centros de Distribución Urbana de Mercancías (CDUM) no se verán afectados por la tasa. “Es importante recalcar, además, que no solo discrimina por el lugar de recepción del paquete, sino por el lugar de residencia del propio ciudadano, que pagará más por este servicio en caso de vivir en el centro de Barcelona”, añade Aranda.
A juicio de UNO, el consistorio barcelonés hace una “caracterización errónea del mundo digital asumiendo que supone una amenaza para el comercio tradicional, el medioambiente y el uso del dominio público”, cuando afectará también a los comercios físicos que apuesten por la digitalización.