13.8 C
Barcelona
sábado, octubre 19, 2024

banner suscripcion newsletter

Competencia avala los contratos internos entre Correos y sus empresas filiales

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha concluido que la celebración de contratos internos entre Correos y sus filiales no incurre en falseamientos o en la posibilidad de materializar potenciales riesgos para la competencia.

Correos es una sociedad anónima de titularidad pública, propiedad 100% de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Es la principal empresa del mercado postal español y una de las compañías líderes del sector de la paquetería. Además, es el operador designado por ley para prestar el Servicio Postal Universal.

Dentro del grupo, la sociedad Correos es la matriz y posee, entre otras, una participación del 100% en las filiales Correos Express (paquetería urgente) y Nexea (especializada en comunicaciones masivas de las empresas).

Competencia ha publicado seis informes sobre la contratación interna realizada entre determinadas sociedades de Grupo Correos, de acuerdo con el artículo 321.6 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Los informes de la CNMC se han centrado en los siguientes servicios entre Correos y sus filiales: servicios logísticos de almacenamiento desde Correos a Nexea; atención al cliente de manera conjunta entre Correos y Correos Express; entrega de paquetería en oficinas de Correos desde Correos a Correos Express; escaneo y ensobrado desde Nexea a Correos; impresión y ensobrado desde Nexea a Correos; y servicios de última milla de paquetería desde Correos a Correos Express.

Riesgos potenciales

Los potenciales riesgos detectados están relacionados con subvenciones cruzadas, el aprovechamiento de servicio público, la subcontratación, las ventajas de acceso a infraestructuras públicas o la sobrecompensación para actividades mercantiles no públicas.

En los diferentes informes, se ha analizado la posición en el mercado de Correos y los precios y el resto de las condiciones aplicadas por los servicios contemplados en los contratos. No obstante, no se han detectado indicios de que los riesgos señalados vayan a materializarse.

El supervisor señala que diversos factores atenúan los posibles riesgos sobre la competencia. Por un lado, la regulación existente introduce salvaguardias (por ejemplo, la obligación de separación contable entre actividades mercantiles y actividades sujetas a la prestación del servicio universal). Por otro, las actuaciones de control a posteriori a las que Correos está sujeto aumentan la probabilidad de que si se materializaran estos riesgos puedan ser detectados y corregidos.

Por ello, la CNMC concluye que la celebración de los contratos intragrupo analizados no supone un falseamiento de la competencia.

Noticias relacionadas

Últimas Noticias