La dirección general de Tráfico ha legalizado el duotráiler sin esperar a la reforma del Reglamento General de Vehículos. Más de 400 de estos vehículos de transporte de mercancías de 31 metros de longitud y 70 toneladas de peso, no autorizados por la actual normativa de pesos y dimensiones, han circulado por las carreteras españolas en los últimos cinco años, hasta hoy en pruebas.
Pese a que su regulación se iba a incluir en el nuevo Reglamento General de Vehículos, tramitado en la anterior legislatura, el adelanto electoral lo impidió.
En 2018, la DGT comenzó a emitir autorizaciones de pruebas y ensayos extraordinarios de investigación a vehículos euromodulares (EMS, European Modular System) que podían llegar a un máximo de 32 metros de longitud y 72 toneladas de masa autorizada.
Las autorizaciones se concedían de manera excepcional a aquellos transportistas que, tras firmar un acuerdo de colaboración con algún fabricante, participaran en un proyecto de investigación.
Tras cinco años de desarrollo de estos ensayos, la DGT considera que “ya existe suficiente conocimiento y experiencia acumulada” y, por tanto, que ya no tiene objeto continuarlos. “El número de participantes ha sido tan importante que se puede afirmar que el sector del transporte ya está preparado para su uso regular en el transporte público de mercancías”, sostiene en la instrucción MOV 2023/28, emitida el pasado 22 de diciembre.
Por este motivo y, con el fin de que el sector del transporte no se vea perjudicado tras las
inversiones realizadas en los ensayos, el departamento que dirige Pere Navarro considera “conveniente” modificar la instrucción 16/V-117 sobre autorizaciones para EMS de manera que se permita la circulación hasta que se modifique el anexo IX del RGV.
Como recuerdan desde Fenadismer, los duotráileres son una nueva categoría de megacamiones autorizados solo en los países nórdicos, por sus específicas necesidades de transporte. Sin embargo, desde 2018, operadores logísticos y grandes flotistas los han utilizado al amparo de lo dispuesto por la DGT, especialmente para el transporte de mercancías del sector de automoción.
El duotráiler compite con otra categoría de supercamión, ya existente en España, el megacamión, legalizado a finales de 2015 tras la modificación del RGV. Este es un vehículo de más de seis ejes con una longitud máxima de 25,25 metros y 60 toneladas de masa máxima, que para su circulación en España precisa de una autorización especial de Tráfico, en la que se fija el itinerario a seguir.
A diferencia del duotráiler, el megacamión de 60 toneladas sí se contempla en la propuesta de directiva de modificación de pesos y dimensiones que tramita la UE para el tráfico transfronterizo.
Diferente acogida
Si Fenadismer se muestra crítica con esta medida, la Asociación del Transporte Internacional por Carretera la acoge con satisfacción. Astic destaca que reduce las emisiones contaminantes, ayuda a paliar la escasez de conductores profesionales que sufre el sector, y mejora la “flexibilidad, rentabilidad y competitividad” del transporte de carga por carretera.
La mayor parte de los duotráileres que circulan por España son de empresas afiliadas a esta patronal, que han realizado enormes inversiones en estos camiones, de los que estima que hay más de 400 en circulación. “Ahora es imprescindible una armonización regulatoria en la UE para que las empresas no se topen con que el duotráiler, válido en España, no pueda atravesar fronteras en el resto de la UE”, señala Ramón Valdivia, vicepresidente ejecutivo de Astic, quien advierte del “mosaico de normas nacionales divergentes que obstaculiza el tráfico transfronterizo fluido de vehículos pesados”.