El 69% de los usuarios del transporte de mercancías por carretera incumple los plazos de pago de la ley de morosidad, que alcanzan los 83 días de media en lugar del máximo legal de 60 días.
Según los últimos datos del Observatorio Permanente de la Morosidad de Fenadismer, del mes de abril, siete de cada diez pagadores serían sancionados con multas de hasta 6.000 euros, o de hasta 18.000 en caso de reincidencia, una vez se apruebe la nueva ley del régimen sancionador que tramita el Congreso de los Diputados.
La legislación vigente establece un plazo máximo de pago de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a 60 días si así lo acuerdan las partes por escrito.
De entre los siete de cada diez pagos a empresas de transporte que incumplen la ley, el 64% paga a más de 90 días, circunstancia que obliga al transportista a adelantar el pago del IVA a Hacienda sin haber cobrado de la empresa cargadora o el intermediario que le contrató.
En abril se mantiene el retraso en los tiempos de pago de meses anteriores, muy superiores a los del periodo precovid, que se situaba en 78 días de media. En 2020, el plazo medio de pago en el transporte de mercancías por carretera era de 84 días.
Respecto a los medios de pago que utilizan cargadoras y operadores logísticos, las modalidades más habituales continúan siendo la trasferencia bancaria (49%), seguido del confirming (37%) y el pagaré (13%).
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte puso en marcha en julio de 2012, en colaboración con la Fundación Quijote, el observatorio de la morosidad con el fin de conocer la evolución mes a mes de las formas y plazos de pago en el sector.