Las navieras se preparan para la inminente entrada en vigor de la nueva tasa al CO2 en el transporte marítimo de la Unión Europea, informando a sus clientes de los costes adicionales que supondrá. Así, CMA CGM ha realizado algunas estimaciones sobre el recargo a imponer en cada segmento de contenedor, en función del valor de mercado actual de las asignaciones de carbono, que ronda los 90 euros por tonelada de CO2. El recargo estimado para los servicios de transporte entre Asia y el Mediterráneo oscilaría hoy entre los 20 euros por teu para la carga seca, y los 30 euros para la refrigerada.
Para ofrecer mejor valor y mayor transparencia de costos, la naviera francesa alerta sobre los costes adicionales del EU ETS inducirán un recargo aplicable a todos los contenedores afectados por la regulación. El monto del recargo se compartirá a mediados de noviembre y podrá revisarse cada trimestre, dependiendo de la versión actualizada del reglamento EU ETS y el valor de mercado de los derechos de carbono en cada momento.
Para las líneas de short sea shipping europeas, los recargos estimados por CMA CGM serían de entre 25 y 40 euros, respectivamente, en el Mediterráneo; y entre 25 y 35 entre el Mediterráneo y los puertos del norte de Europa. Estos importes alcanzarían los 43 euros por contenedor seco y 65 en el reefer en el caso de las rutas entre Europa y Norteamérica.
Calendario progresivo
A partir del 1 de enero de 2024, las compañías deberán informar de sus emisiones y comprar una cantidad equivalente de derechos de emisión en el mercado EU ETS, según un calendario progresivo. El año que viene, el 40% de las emisiones declaradas deberán convertirse en derechos de emisión; en 2025, este porcentaje será del 70% y del 100% a partir de 2026.
Algunos aspectos de la nueva normativa ambiental aún están por definir, como la lista de puertos considerados de transbordo, que se publicará a finales de año y podrá revisarse cada dos años.
La nueva tasa europea al CO2 se aplicará a todos los servicios marítimos de las compañías navieras con al menos una escala dentro de la UE, considerando el 100% de las emisiones para los tramos entre dos puertos de la UE, y solo del 50% de las emisiones para los tramos entre recintos de la UE y puertos extracomunitarios.