Renfe Mercancías no ha abusado de su posición dominante en el mercado ferroviario de mercancías por el incremento de tarifas de 2022. Así lo cree la Audiencia Provincial de Madrid en su sentencia de 30 de enero, que da la razón a la operadora estatal en la denuncia interpuesta por la Asociación de Transporte Internacional por Carretera.
La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto por UOTC contra la sentencia del juzgado de lo mercantil número 17 de Madrid en junio de 2023. Además, se condena a Astic al pago de las costas de segunda instancia.
Astic había denunciado a Renfe Mercancías por la modificación de las tarifas del servicio de la Red Intermodal Multicliente (RIM), anunciadas para 2022. Según la compañía estatal, la modificación se llevó a cabo para hacer frente a las pérdidas de explotación que el servicio le provocaba, “ya que las tarifas no habían sido actualizadas en más de 10 años y se habían convertido en obsoletas por los cambios en las condiciones de explotación y el incremento de costes”.
Los magistrados desestiman el fondo del asunto por falta de pruebas sobre el porcentaje de dominio en el mercado relevante. Los datos necesarios para acreditar este porcentaje estaban en posesión de Renfe y no eran de acceso público, según alegan desde la Unión de Operadores de Transporte Comodal.
Según Astic, las subidas multiplicaban por tres o cuatro el incremento de los costes energéticos sufridos por la operadora ferroviaria.
Desde UOTC consideran que la delimitación del mercado relevante que establece la resolución judicial representa un “avance extraordinariamente positivo” en la defensa de los intereses de los usuarios y clientes de Renfe Mercancías.
“UOTC valora como un logro significativo que la Audiencia Provincial haya corregido la primera sentencia del juzgado de lo mercantil, en lo referente al mercado relevante, delimitándolo al transporte intermodal de mercancías por ferrocarril, excluyendo el transporte de mercancías por cualquier medio terrestre. Esta corrección reconoce la argumentación de Astic-UOTC en este punto y rechaza la postura defendida por Renfe”, subraya su presidente, Antonio Pérez Millán.
En diciembre de 2021, con motivo de los incrementos de los costes energéticos, Renfe Mercancías fijó unilateralmente unas condiciones para 2022 que incluían subidas de tarifas, la supresión de descuentos para los ciclos conjuntos de viaje cargado más vacío, y la consideración de cargado para cualquier contenedor, implementando un pago como si todos los contenedores estuvieran llenos, independientemente de si transportaban mercancía o no.
“No existe en Europa ninguna empresa ferroviaria que aplique esta última medida. Todas ellas, en conjunto, implicaban para los usuarios unas subidas que, en la mayoría de las relaciones de tráfico, multiplicaban por tres o cuatro el incremento de los costes energéticos”, añade Pérez Millán.