Fenadismer ha puesto a disposición de sus socios “todo el apoyo jurídico necesario” para llevar a los tribunales a sus clientes cargadores o empresas intermediarias que les impongan unas tarifas por debajo de costes. La federación de transportistas pone como ejemplo una demanda interpuesta en Córdoba, en la que un asociado reclama a su cliente más de 35.000 euros por lo dejado de percibir durante su relación contractual.
Entre las medidas incluidas en los recientes acuerdos con el Gobierno, destaca el compromiso del ministerio de Transportes de analizar la viabilidad de extender al transporte de mercancías por carretera los principios de la ley de la Cadena Alimentaria, en relación a los costes de producción.
Esta normativa establece como principio básico el pago de un precio justo a los agricultores, que deberá tener en cuenta los costes de producción, tomando como referencia los publicados por el ministerio de Agricultura. En el contrato deberá figurar expresamente que el precio pactado cubre los costes efectivos de producción del agricultor.
Además, la ley recoge que en la cadena de subcontratación cada interviniente deberá pagar al anterior un precio igual o superior al coste efectivo asumido por este último, no pudiendo repercutirle su riesgo empresarial.
La organización recuerda que ya en 2012 el Tribunal Supremo declaró ilegal la contratación por debajo de costes en el transporte por carretera, condenando a una empresa cargadora.
A nivel europeo, el Tribunal de Justicia de la UE abordó esta cuestión en 2016, con ocasión del litigio planteado por una empresa transportista italiana contra su cliente por la diferencia entre el importe abonado por las operaciones de transporte realizadas y el que debía corresponderle según el observatorio de costes del ministerio italiano de Transportes. En su fallo, el alto tribunal europeo resolvió a favor del transportista.