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miércoles, diciembre 18, 2024

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Fenadismer enmienda la ley de Cadena del Transporte para incluir a todos los contratos

Fenadismer ha presentado enmiendas a la ley de Cadena del Transporte para que la nueva norma que prohíbe la contratación a pérdidas se aplique a todos los servicios de transporte de mercancías por carretera, ya sean para viajes ocasionales como continuados.

El real decreto ley 14/2022 de medidas de sostenibilidad económica en el sector del transporte se aprobó el pasado mes de agosto, fruto de los acuerdos entre el ministerio de Transportes y el Comité Nacional de Transporte por Carretera. Incluye medidas estructurales y de reequilibrio de las relaciones entre transportistas y cargadores. Destaca la generalización del contrato por escrito y la prohibición del transporte a pérdidas para proteger al último eslabón de la cadena, el transportista efectivo.

Sin embargo, esta ley pionera en la UE adolece de “algunas deficiencias u omisiones técnicas” que, en opinión de los transportistas, “es necesario corregir para que despliegue una mayor efectividad”. El objetivo de las enmiendas presentadas es que la prohibición del contrato a pérdidas se aplique a todo el transporte de mercancías por carretera, tanto a los individuales como a los continuados, “ya que estos han quedado inicialmente excluidos del régimen sancionador”. 

La organización confía en que las enmiendas a la ley de Cadena del Transporte cuenten con el apoyo parlamentario suficiente para salir adelante, como ya ocurrió durante la convalidación del decreto-ley. Y es que la contratación continuada es la más habitual en el transporte por carretera.

Los transportistas dejan claro que “no se trata de imponer unas tarifas obligatorias por la prestación de servicios de transporte, ya que eso vulneraría la legislación, sino prohibir que se impongan unos precios por un servicio de transporte que no permitan cubrir los costes de explotación”.

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