El Tribunal Supremo ha avalado que Romaisol, empresa propietaria de unos contenedores que resultaron dañados en el accidente de GNV en 2018 en Port de Barcelona, acceda a la causa que enfrenta a otra compañía afectada con la dueña del buque y la Corporación de Prácticos. El TS considera que le asiste un “interés legítimo” de cara a futuras reclamaciones.
La sala de lo contencioso-administrativo ha rechazado el recurso presentado por GNV, la naviera propietaria del buque, contra un acuerdo de la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que permitió que Romaisol, segunda empresa con contenedores afectados, pudiera tener acceso a la causa.
El procedimiento se ha desarrollado en el juzgado mercantil número siete de Barcelona tras la demanda interpuesta por otra empresa con contenedores dañados, Ocidenave España, contra la Corporación de Prácticos del Puerto de Barcelona y Grandi Navi Veloci. El choque del Excellent contra una grúa en la terminal de contenedores de APM, en el muelle Sur, tuvo lugar en la mañana del 31 de octubre de 2018. El ferri de GNV llevaba pasajeros de Génova y debía salir con destino a Tánger.
Como consecuencia, la grúa se desplomó sobre unos contenedores depositados en la terminal, provocando un aparatoso incendio, sin daños personales. Ocidenave España pretendía ser indemnizada por los daños causados a algunos, según la sala tercera, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
En el curso del procedimiento del accidente de GNV en el Port, Romaisol pidió copia del expediente judicial, alegando ser propietaria de tres contenedores también dañados. En un principio se le denegó, pero luego se le acabó concediendo, tanto por el juzgado como por el CGPJ, donde también recurrió GNV.
La dueña del buque adujo tanto en esos recursos que Romaisol carecía de interés legítimo para acceder al litigio, advirtiendo de que su “único interés era conocer las alegaciones de las partes para anticiparse en su reclamación a cuanto GNV pudiera sostener”.
El CGPJ primero y la Abogacía del Estado después acogieron los argumentos de Romaisol al apreciar un interés legítimo por los daños sufridos en tres contenedores de su propiedad.
También el Supremo entiende que “la titularidad por parte de Romaisol de tres contenedores dañados en el accidente que causó el buque Excellent de Grandi Navi Veloci le confiere el interés legítimo y directo necesario para acceder a las actuaciones”. “Es difícil negarlo”, subraya el alto tribunal.