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viernes, diciembre 27, 2024

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El Tribunal de Cuentas desestima la demanda contra Losada por las obras de Langosteira

El Tribunal de Cuentas ha desestimado las demandas contra el anterior presidente de la Autoridad Portuaria de A Coruña, Enrique Losada, en relación a las obras del puerto exterior. Según la sentencia, tanto Losada como el ingeniero jefe de la autoridad portuaria cumplieron con sus funciones “de forma correcta”.

El proceso se refería a unos trabajos de asistencia técnica que, como constata en su resolución la magistrada del tribunal, eran “necesarios” dada la envergadura del proyecto de Punta Langosteira. El organismo portuario ha mostrado su satisfacción por la sentencia, “que acredita el adecuado desempeño de ambos profesionales y de la propia entidad”.

El proceso aludía a un contrato firmado en 2005 y modificado en 2007 por el presidente que precedió a Losada. El contrato era de asistencia técnica en las obras de Punta Langosteira y se dirimía si el trabajo de esta asistencia era de dirección de obra o de apoyo a esta, lo que afectaba al coste. En todo caso, suponía el 0,16% de la inversión destinada a la nueva dársena.

El tribunal declara probado que “durante todo el tiempo de vigencia del contrato modificado entre abril de 2007 y diciembre de 2011, el subdirector general de Infraestructuras de la Autoridad Portuaria de A Coruña fue el máximo responsable de la dirección de la obra de las nuevas instalaciones portuarias”.

Complejidad del proyecto

Dada la complejidad del proyecto, la autoridad portuaria reforzó la dirección facultativa mediante la asignación de un ingeniero especializado en funciones de asistencia a la dirección de obra, bajo dependencia de la subdirección general de Infraestructuras. “Esta asistencia a la dirección de obras”, añade la sentencia, “con independencia de la denominación que se emplease para este cargo, siempre se creó con la finalidad de colaborar y asistir técnicamente a quien ejercía la función de control y ejecución de las nuevas instalaciones de Punta Langosteira”.

Por ello, concluye que “no cabe apreciar que los pagos realizados en cumplimiento del contrato modificado hayan ocasionado un daño a los fondos públicos de la Autoridad Portuaria de A Coruña, lo que necesariamente conduce a la desestimación de las demandas presentadas”.

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