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jueves, noviembre 21, 2024

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Competencia abre expediente a Amarres de Barcelona por incumplir condiciones

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador contra Cemesa Amarres Barcelona y Mooring & Port Services, por un posible incumplimiento de los compromisos adquiridos en la operación de concentración.

El 27 de junio de 2021, la CNMC autorizó la operación que creó Amarres de Barcelona, empresa participada al 50% por Mooring & Port Services y por Cemesa Amarres Barcelona, supeditada a una serie de compromisos que la nueva sociedad debía cumplir.

Así, el puerto de Barcelona pasó de tener dos empresas con licencia para prestar el servicio de amarre y desamarre (Mooring y Cemesa) a una sola: Amarres de Barcelona S. L. JV. Este servicio está regulado por la Autoridad Portuaria de Barcelona y cuenta con obligaciones de servicio público universal (SPU).

Las empresas se comprometieron a mantener las condiciones comerciales previas a la operación y a no incrementar los precios de sus servicios de amarre y desamarre en el puerto de Barcelona. Según lo dispuesto por Competencia, los precios podrán ser actualizados anualmente “de forma justificada”, en función del impacto en costes del porcentaje de incremento salarial que resulte del convenio sectorial de amarres de ámbito nacional aplicable cada año.

Para poder verificar el cumplimiento del compromiso, Cemesa Amarres Barcelona y Mooring & Port Services debían presentar a la CNMC, en los primeros quince días de cada año natural, un informe con los precios aplicados y los contratos renovados en el año inmediatamente anterior.

El pasado 4 de octubre de 2023, la entidad declaró el incumplimiento de este último compromiso de información, al no haber presentado en plazo el informe anual correspondiente a 2022.

La CNMC ha procedido a la incoación de un expediente sancionador por incumplimiento de compromisos. La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

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