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domingo, diciembre 22, 2024

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Bruselas finiquita el reglamento que blinda las grandes alianzas navieras

La Comisión Europea ha decidido poner fin al reglamento Consortia, el marco jurídico de la UE que exime a los consorcios de transporte marítimo de línea de cumplir algunas normas antimonopolio de la UE. De esta manera, las navieras dejarán de disfrutar a partir del año que viene de una exención de décadas de las normas europeas contra acuerdos anticompetitivos. Bruselas ha llegado a la conclusión de que el Consortia Block Exemption Regulation (CBER) “ya no promueve la competencia en el sector marítimo”, y, por tanto, expirará el 25 de abril de 2024.

Adoptado por primera vez en 2009, el Consortia permite a los operadores de transporte marítimo de línea con una participación de mercado combinada inferior al 30% unirse en forma de consorcios para proporcionar servicios conjuntos, siempre que no fijen precios ni compartan mercados entre ellos.

El proceso de revisión se inició en agosto de 2022, cuando Bruselas lanzó una convocatoria de pruebas solicitando comentarios de las partes interesadas sobre el desempeño del Consortia, desde navieras y transitarias a transportistas, autoridades portuarias y operadores de terminales.

Fruto de este trabajo, 14 meses después, la Comisión ha publicado un documento que pone de manifiesto la “baja eficacia y eficiencia” demostrada en el periodo comprendido entre 2020 y 2023.

La cooperación es legal

“Dado el pequeño número y perfil de los consorcios que entran en su alcance, sostiene la Comisión, el CBER aporta ahorros limitados en costes para las navieras y desempeña un papel secundario en la decisión de cooperar”. Además, añade, “ya no permitía a las navieras más pequeñas cooperar entre sí y ofrecer servicios alternativos en competencia con las más grandes”.

No obstante, el ejecutivo comunitario matiza que el fin del reglamento Consortia “no significa que la cooperación entre líneas navieras pase a ser ilegal”, según las normas antimonopolio de la UE. Las compañías que operan hacia o desde la UE deberán evaluar por sí mismas la compatibilidad de sus acuerdos con estas normas, “basándose en la amplia orientación proporcionada en el reglamento de exención por categorías”.  

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